ViDA, el IVA en la era digital: qué cambia en España hasta 2035
ViDA (VAT in the Digital Age, el IVA en la era digital) es ley europea desde el 14 de abril de 2025. Desde el 1 de julio de 2030 las facturas de ventas B2B a otros países de la UE serán ficheros estructurados y sus datos se enviarán a Hacienda factura a factura, sustituyendo al modelo 349. Antes de 2035 el SII deberá alinearse con el modelo europeo.
Qué es ViDA
El Consejo adoptó el paquete el 11 de marzo de 2025 y se publicó en el Diario Oficial el 25 de marzo: la Directiva (UE) 2025/516, el Reglamento (UE) 2025/517 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/518. Tiene tres pilares:
- Suministro digital y factura electrónica. Factura estructurada obligatoria en las entregas B2B intracomunitarias, con información por operación.
- Economía de plataformas. Las plataformas de alojamiento de corta duración y de transporte de viajeros por carretera pasan a ser proveedor a efectos de IVA en más casos. En España, con el peso de los pisos turísticos, es un cambio relevante.
- Registro único de IVA. Se amplía la ventanilla única para que menos empresas necesiten número de IVA en varios países. Lo explicamos en la guía de la ventanilla única OSS.
📊Calendario de ViDA
| Fecha | Qué se aplica |
|---|---|
| 14 de abril de 2025 | Entrada en vigor; los Estados pueden imponer la factura electrónica interna sin pedir autorización |
| 1 de enero de 2027 | Aclaraciones menores para usuarios de OSS e IOSS |
| 1 de julio de 2028 | Plataformas como proveedor a efectos de IVA (los Estados pueden retrasarlo a 2030); ampliación de la OSS |
| 1 de julio de 2030 | Factura electrónica y suministro digital en las entregas B2B intracomunitarias |
| 1 de enero de 2035 | Los sistemas nacionales de información en tiempo real, como el SII, alineados con el modelo europeo |
Las fechas proceden de la página de la Comisión Europea sobre ViDA.
España ya va por delante con tres capas
En España ViDA no llega a un terreno vacío. Una pyme española convivirá con tres obligaciones superpuestas:
- Verifactu, que regula el software con el que facturas. Las fechas en vigor son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos, y Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de aplazarlas a octubre de 2028. La misma nota de Hacienda avanza una modificación posterior para converger con los requisitos de suministro digital de ViDA. Detalles en la guía de Verifactu.
- Factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece, desarrollada por el Real Decreto 238/2026. Con la orden ministerial en vigor desde el 6 de octubre de 2026, se aplica desde octubre de 2027 a empresas de más de 8 millones de euros y desde octubre de 2028 al resto. Admite UBL, CII, EDIFACT y Facturae sobre el modelo EN 16931.
- ViDA, que añade desde 2030 las ventas B2B a otros países de la UE.
La buena noticia es que las tres apuntan en la misma dirección: factura estructurada, datos que salen del programa sin reteclear y Hacienda informada casi en tiempo real.
Por qué importa la definición de factura electrónica
Mucha gente sigue llamando factura electrónica a un PDF enviado por correo. ViDA lo cierra: factura electrónica es un fichero estructurado conforme a la norma europea EN 16931, en sintaxis UBL o CII. Un PDF bien diseñado no cumple una norma que exige emitir factura electrónica. El fichero tiene que salir de un programa que genere datos estructurados, y el cliente necesita un programa que lo lea.
2030: el fin del modelo 349
Desde el 1 de julio de 2030, en las entregas y servicios B2B entre empresas de distintos Estados miembros:
- La factura será electrónica y estructurada, emitida como máximo 10 días después del devengo.
- Los datos se envían a la AEAT, que los comparte con el país del cliente.
- El suministro factura a factura sustituye al modelo 349, la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Para una pyme que vende a otros países, eso significa dos cosas: el programa debe emitir facturas EN 16931 y las facturas deben salir rápido. Agruparlas a fin de mes no encaja en un plazo de diez días.
Ejemplo: una agencia de diseño en Barcelona
Un estudio de diseño de Barcelona factura 4.000 € a un cliente de Milán por una web, con inversión del sujeto pasivo porque el cliente tiene NIF-IVA italiano válido. Hoy envía un PDF y declara la operación en el modelo 349. Desde el 1 de julio de 2030 esa misma factura será un fichero estructurado emitido en diez días, y sus datos irán a la AEAT, que los compartirá con Italia. Como en Italia el cliente ya recibe facturas por el SdI, lo normal es que pida pronto el formato estructurado.
¿Cambia también para quien recibe facturas?
Sí. Un proveedor de Francia o Portugal te enviará un fichero XML y tu contabilidad tendrá que importarlo, validarlo y contabilizarlo. La ventaja es que una factura estructurada es mucho más fácil de procesar que un PDF o una foto: cada dato tiene su sitio y no hay nada que leer ni reteclear.
📋Qué hacer antes de 2030
- Elige un programa que emita y lea EN 16931 – pregunta qué sintaxis admite y si puede entregar por Peppol, porque te servirá también para la Ley Crea y Crece.
- Limpia tus datos maestros – NIF-IVA, direcciones y descripciones de productos. Comprueba los NIF-IVA de tus clientes con la comprobación de NIF-IVA.
- Haz coincidir los calendarios – Verifactu, factura electrónica B2B y ViDA. Mejor una sola migración que tres.
- Acorta el ciclo de facturación – si facturas días después de entregar, ajústalo ya.
- Archiva el fichero estructurado – la factura legal es el XML, no la copia en PDF.
Cómo encaja Kontevia
Kontevia está en early access. Emite facturas EN 16931, está preparada para el envío por Peppol y para Verifactu, y muestra abiertamente el estado de cada sistema nacional como «preparado para», no como conexión en vivo. El objetivo es que una pyme que empiece hoy no tenga que migrar cuando lleguen las reglas de 2030.
Fuentes oficiales
- Comisión Europea: el IVA en la era digital (ViDA)
- EUR-Lex: Directiva (UE) 2025/516
- EUR-Lex: Reglamento (UE) 2025/517
- BOE: Real Decreto 238/2026, factura electrónica entre empresarios
- Ministerio de Hacienda: nota informativa sobre Verifactu, 5 de octubre de 2026
Información general que no sustituye el asesoramiento de un asesor fiscal. Datos vigentes a 10 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo se aplica ViDA en España?
- El paquete entró en vigor el 14 de abril de 2025. Los pasos importantes llegan después: reglas para plataformas y ampliación de la ventanilla única desde el 1 de julio de 2028, factura electrónica y suministro digital para entregas B2B intracomunitarias desde el 1 de julio de 2030, y adaptación de los sistemas nacionales como el SII antes del 1 de enero de 2035.
- ¿ViDA sustituye al modelo 349?
- Sí, para las operaciones intracomunitarias. Desde el 1 de julio de 2030 el suministro de información factura a factura sustituye a la declaración recapitulativa periódica, que en España es el modelo 349.
- ¿Qué relación hay entre ViDA, Verifactu y la Ley Crea y Crece?
- Son tres normas distintas. Verifactu regula el software de facturación, la Ley Crea y Crece obliga a la factura electrónica entre empresas españolas desde octubre de 2027 u octubre de 2028 según tamaño, y ViDA cubre las ventas B2B a otros países de la UE desde 2030. Hacienda ya ha anunciado que adaptará Verifactu a los requisitos de ViDA.
- ¿Un PDF es una factura electrónica según ViDA?
- No. Para ViDA una factura electrónica es un fichero estructurado conforme a la norma europea EN 16931, normalmente en UBL o CII. Un PDF enviado por correo no cuenta.
Temas:ViDAIVA en la era digitalfactura electrónica obligatoriamodelo 349SIIEN 16931operaciones intracomunitarias
Kontevia está en acceso anticipado. El comportamiento específico de cada país descrito aquí refleja la normativa de cada Estado, no una promesa de que todas las funciones ya estén activas en su país.
Contabilidad que se adapta a la normativa de la UE
Envíe un recibo por chat o correo electrónico, y Kontevia lo lee, lo contabiliza según las normas de su país y prepara el IVA y la exportación para su contable. El acceso anticipado ya está abierto.
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